jueves, 28 de junio de 2018

Articulo 155




 No será un servidor el que se ponga aquí a escribir en mi blog del famoso articulo 155, del articulo 155 que nos nombraban en radio o televisión cada nada y menos, de ese articulo tan famoso no, porque ese es de la constitución, del que quiero comentar un poco es del articulo 155 del código civil.

 Viendo algunos programas de televisión donde se ven Hijos que no hacen ni el huevo en casa, y que encima tienen atemorizados a los padres con amenazas e insultos, llegando incluso a agredir a sus padres, yo como padre se me ponen los pelos como escarpias al verlo. La verdad que llegados esos extremos un servidor no sabría como afrontarlo, puesto que ese hijo ha cogido un poder en la casa difícil de soltar, y el que está arriba no se quiere bajar de ese ficticio trono, y aunque es televisión y haya parte real y parte no, los entendidos en encauzar a ese discolo hijo no lo tienen fácil.

 Parto de la base que mis retoños nunca me han perdido el respeto, y lo noto de ellos hacia mi y mi mujer. Y que también es cierto que antaño, cuando mis padres o mis abuelos, a los padres aparte de respeto era miedo lo que se les tenía, porque las ostias volaban en cuanto habían motivos, eso si no era la correa, que también era una herramienta cercana y utilizada.

 Los mios el respeto ha sido sin amenazas físicas, nunca he creido que las ostias son necesarias entre padre e hijo, lo primero son las palabras, y si llegan, los castigos, pero a base de palos no creo que es la forma, aunque estos que ves en las televisiones como el programa Hermano Mayor se merezcan un par de ostias bien das, pero dadas en su dia.

 Y a eso me refiero, que el respeto se tiene que ir mamando poco a poco, y no ir dejando ese campo sin regar a diario, porque si no lo haces y lo quieres hacer cuando son muy mayores, ya poco se puede hacer, bueno si, ponerle la maleta en la puerta, porque en esas situaciones tan extremas es lo que realmente se merecen.

 Los hijos mientras estén en casa de sus padres, deben colaborar en la casa, aparte de sus deberes, en la medida que puedan, y por supuesto hacer caso a sus padres, les guste o no, porque aparte de tener derechos, que los padres también los tienen, los hijos en la casa también tienen obligaciones, que algunos padres parecen criados de sus hijos.

 Aunque viendo esos padres, los que parecen criados de sus hijos, también se les debería recordar que se leyeran ese articulo 155 del código civil, y que lo pongan en practica desde bien pequeños, porque al árbol hay que guiarlo cuando es pequeño para que no crezca ladeado. Porque si vuelves a los muchos años a enderezarlo, ya es imposible, como el caso de esos hijos. Lo verdaderamente triste es que se llegue a esos extremos, y tener que recordar a esos hijos lo que dice el articulo 155, del código civil.




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